Promoción de la recogida selectiva en establecimientos turísticos
Descripción
La Ley 22/2011 define los residuos comerciales como aquellos generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y de los mercados, así como del resto del sector servicios. En este sentido, se recomienda focalizar, inicialmente, la promoción de la recogida selectiva en aquellas actividades generadoras en mayor cantidad y tipología de residuos comerciales: sector turístico y HORECA, con el objetivo de involucrar y facilitar su participación.
En este sentido, se recomienda la entrega de los medios de contenerización, principalmente cubos, realizando un dimensionamiento previo de sus necesidades y un análisis de la ubicación de los contenedores existentes en la vía pública; el diseño de recogidas selectivas específicas que permitan realizar un seguimiento del grado de participación de los diferentes establecimientos; la realización de visitas de seguimiento para analizar el grado de participación en la recogida selectiva; la organización de un reconoimiento para aquellos establecimientos con un mejor comportamiento respecto a la recogida selectiva; y, la realización de sesiones de formación dirigidas a los trabajadores y propietarios de los establecimientos.
Más información
Documentación
- Descripción ampliada
- Ejemplo 1. Proyecto de reciclaje para los establecimientos turísticos en Puerto de la Cruz (Islas Canarias)
- Ejemplo 2. Proyecto de reciclaje para los establecimientos turísticos en Las Palmas de Gran Canaria, San Bartolomé de Tirajana y Mogán (Islas Canarias)
- Ejemplo 3. Recogida puerta a puerta en los hoteles de playa de Palma (Islas Baleares)
- Ejemplo 4. Plan Verano de Ecovidrio
- Ejemplo 5. Plan EcoVares de Ecovidrio