Contenedor recogida cartón comercial

Adopción de sistemas de control, vigilancia y sanción a nivel comercial

Descripción

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, establece en su artículo 17 que el productor u otro poseedor inicial de residuos comerciales debe acreditar documentalmente la correcta gestión de los mismos ante la entidad local o, en caso de que exista esta posibilidad, se puede acoger al servicio público de gestión de residuos, en los términos establecidos por las ordenanzas municipales. 

En este contexto, es importante adoptar sistemas de control, vigilancia y sanción a nivel comercial, con el objetivo de asegurar que las actividades comerciales realizan correctamente la gestión y separación de los residuos. 

De acuerdo con lo que establece la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en el supuesto de abandono, vertido o eliminación incontrolados de residuos, así como en el caso de entregarlos sin cumplir las condiciones establecidas en las ordenanzas locales, los titulares de las entidades locales tendrán la potestad sancionadora.

Imágenes de la actuación

Búsqueda por palabra clave

Tipo de fracción

Tipo de actuación

Categoría

Zona de implementación

logoleaf

Iniciativas relacionadas

Utilizad el formulario si queréis comunicaros con nosotros, tanto para sugerir una mejora de la web como para cualquier comentario relacionado con nuestro proyecto.

Si queréis enviarnos una iniciativa utilizad el formulario que encontraréis en el enlace siguiente:

Enviar iniciativa >>

Contacto

Los campos con asterisco (*) son necesarios.