Adopción de sistemas de control, vigilancia y sanción en el marco de los sistemas de recogida puerta a puerta
Descripción
La recogida selectiva puerta a puerta consiste en entregar los residuos al servicio municipal de recogida delante de la puerta de casa, en unos días y horas determinadas para cada fracción residual. A través de este modelo se puede realizar la recogida de todas las fracciones (fracción orgánica, envases ligeros, papel-cartón, vidrio y resto) o la recogida únicamente de algunas fracciones, manteniendo los contenedores para el resto de las fracciones.
De acuerdo con lo que establece la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, las Entidades Locales tienen la potestad de vigilancia e inspección, y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias.
En este contexto, es recomendable complementar el servicio de recogida puerta a puerta con un sistema de control, vigilancia y sanción, con el objetivo de evitar irregularidades y resistencias en el comportamiento de los ciudadanos, causadas por desconocimiento o falta de civismo.
Más información
Documentación
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